Ir al contenido principal

Al diputado Óscar Tuma


(Publicado en el espacio Opinión Pública de Última Hora el miércoles 27 de octubre de 2010)

Diputado: contestando a la respuesta que usted dio en un blog digital a un cuestionamiento que le hicieron con respecto al IRP, le digo que no existe “igualdad” en la CAPACIDAD CONTRIBUTIVA.

Existen igualdades de derecho, ante la ley, de oportunidad, hasta inventan igualdad de géneros hoy en día, pero la CAPACIDAD CONTRIBUTIVA de una persona que gana más de 10 salarios mínimos mensuales no es la misma que el de una persona que gana un sueldo mínimo, porque simplemente esta última no la tiene.

¿Por qué una persona que gana el mínimo no tiene capacidad contributiva? Porque no podrá cubrir las necesidades básicas para vivir que son 6: alimento, salud, vestimenta, vivienda, educación y recreación ¿Le parece que una persona que gana Gs. 1.507.484 puede cubrir todo eso y vivir dignamente? (y eso que a este monto hay que sacarle IPS). Un renombrado tributarista miembro de la Constituyente dijo que tendría que ser hasta 5 salarios hasta donde debería llegar y no a 3 ¿Le parece que una familia con 2, 3, 4 o más hijos puede cubrir estas necesidades con 3 salarios mínimos?

Dice José Ovejero en una editorial de la revista ADIS refiriéndose al que gana el mínimo: “Esta persona probablemente no “pague efectivamente” el IRP, porque no va a tener Renta Neta sobre el cual aplicarle la tasa, o sea, NO VA A TENER UTILIDAD. Pero si tendrá un sin número de gastos administrativos que realizar y el más palpable es el Honorario de un Contador. No es solamente liquidar el impuesto con el formulario, sino que deberá llevar Libros de Compra y Venta, confeccionar su Declaración Jurada Patrimonial. Es imposible que pueda hacer frente a todos estos gastos con un Salario Mínimo.

Otro punto, muy discutido por los detractores del Impuesto, es el del rango no incidido, y de que el Tributo sólo llegaría a alcanzar, luego de años de vigencia, hasta a aquellas personas que cuentan con ingresos superiores a tres salarios mínimos. Los detractores afirman que es un impuesto injusto, porque al cumplirse el hecho imponible en las actividades de aquellos que ganan un sólo salario mínimo, deberían, asimismo, ser contribuyentes del IRP, y que la regulación actual atenta contra el Art. 181º de la Constitución Nacional, que reza: la igualdad es la base del tributo. De lo que se olvidan los detractores es de continuar leyendo el mencionado Art. 181º, en donde, al hablar de los impuestos, dice: su creación y su vigencia atenderán a la capacidad contributiva de los habitantes y a las condiciones generales de la economía del país.

Es un absurdo pensar que una persona que gana apenas el salario mínimo, que probablemente luche contra un sinfín de dificultades para que su sueldo alcance hasta fin de mes, cuente con la capacidad contributiva requerida para ser contribuyente del IRP”.

En fin, no creo que sea yo el primero que le haya dicho esto, ya que me imagino que se habrá asesorado por gente entendida en la materia.  

No tome la igualdad ante la ley como una excusa de que el IRP sea una ley discriminativa que atenta contra el derecho ciudadano. Claro que hace diferencia, pero entre los que tienen utilidad y los que no. La CN habla de atender esa Capacidad Contributiva de cada habitante. Si fuera discriminación, entonces los países que la implementan son violadores de las normas de los DDHH.

Pienso más bien que en esto primarían intereses meramente políticos y personales antes que favorecer cuestiones que a la larga podrían favorecer al pueblo, digo a la larga porque no es que haya un retorno directo, usted sabe. Es cierto que se malgasta el dinero que hay (como dice Jaeggli), pero eso no es motivo para la no aplicación de esta ley ya que este impuesto no es solamente “recaudador”, sino que tiene una doble función que es la de “formalizar la economía”, transparentarla, a través de la declaración jurada y el cruzamiento de datos, pero esto último no conviene a mucha gente que consigue su dinero de forma ilegal.

Por favor no me argumente eso de que los impuestos deben ser para todos por igual y de que el que gana menos paga menos y que deben aplicarse al mismo tiempo para todos, porque ya le expliqué técnicamente más arriba el porqué una persona que gana el mínimo no puede hacerlo. Es mejor tener la pregunta y respuesta por escrito ya que las palabras, aparte de que se las lleva el viento, pueden sonar bien cuando son dichas una sola vez, pero al analizarlas profundamente muchas veces pueden resultar ser un sofisma. Espero su respuesta.

Comentarios

Entradas populares de este blog

Kamikazes en Paraguay

(Publicado en el espacio de Opinión Pública del diario Última Hora el martes 12 de abril del 2011) Tiemblan los peatones. Si pensábamos que los kamikazes se extinguieron con la segunda guerra mundial y que éstos solo se encontraban a bordo de aviones Mitsubishi A6M3 "Zero" con cientos de bombas para explotar al estrellarse, estamos equivocados. Absolutamente. Ahora rondan por Paraguay. Están en Asunción, alrrededores y en ciudades del interior, en colectivos, algunos en taxis y otros en motocicletas.

Prensa amiga, prensa enemiga.

(Publicado en el espacio Opinión Pública de Última Hora el miércoles 26 de mayo de 2010) Si comenzamos generalizando que los medios de prensa nos mienten caemos en el primer error. Pero si decimos que todos dicen siempre la verdad, estaríamos cometiendo el mismo desacierto.

Por que Si

En el referéndum para la enmienda constitucional del Art. 120, que consistía en preguntar si los compatriotas que viven en el extranjero pueden o no votar, voté por el “Si” por varias razones.